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CUESTIONES SOBRE DESPIDO ¿Qué pasa si no firmo la carta de despido? ¿Que sucede si tengo una sentencia que declara la improcedencia y la empresa no abona las indemnizaciones? Sí. Debe acreditarlas suficientemente. Para hora de visita o consulta contacte AQUÍ
CUESTIONES SOBRE EL FINIQUITO EN LA FINALIZACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL ¿Qué pasa si firmo el finiquito? Firme únicamente cuando esté totalmente seguro que los importes que constan son correctos y son los que se le deben. En cualquier caso, puede hacer constar NO CONFORME junto a su firma. Salvo prueba en contrario, la firma indica aceptación. ¿Qué pasa si en el finiquito consta que con él el trabajador se da por saldado y finiquitado por todos los conceptos sin que quepa reclamación alguna? En principio la firma implica aceptación. Puede caber prueba en contra, en aquellos casos en que haya habido abuso o aprovechamiento de alguna concreta situación, pero la prueba para desvirtuar el valor del documento firmado corresponderá al trabajador. ¿Qué sucede si el finiquito es derivado de despido y el trabajador no está conforme con este despido? La aceptación del finiquito no implica aceptación del despido. Aun cuando se firmara el finiquido podrá impugnarse este despido por la vía de conciliación y juridial. Sin embargo, podrá hacerse la salvedad de "no conforme con el despido" y firmar el recibo por lo saldado, debiendo corresponder la cantidad entregada con la que consta y estar conforme con la misma. ¿Qué sucede si, después de firmado el finiquito, observo que faltan importes pendientes de liquidar? Deberá estarse al caso concreto, sin embargo si se reseñan los conceptos que integran la liquidación, el documento es liberatorio sólo respecto de éstos, no impidiéndose, si efectivamente existen otras obligaciones pendientes a favor del trabajador, que pueda el mismo reclamarlas, o que los errores de cálculo puedan ser rectificados. |